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Por Paulo Villalobos |12 de abril de 2025, 8:00 AM

La Sala de Casación Penal ordenó separar a Marta Esquivel del expediente principal del caso Barreanador, en virtud del fuero de improcedibilidad penal que le cubre como ministra de Planificación Nacional y Política Económica.

En su resolución 2025-00245 del 6 de marzo pasado, a la que Teletica.com tuvo , los magistrados rechazaron una pretención del fiscal general, Carlo Díaz, para el escándalo de presunta corrupción en una compra de servicios médicos hecha por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Inicialmente, el jefe del Ministerio Público solicitaba que el caso se tramitara en una sola causa, por existir multiplicidad de sospechosos en la misma.

Valga recordar que en la sumaria figuran como sospechosos, además de la expresidenta de la institución a de los establecimientos médicos de salud, los exdirectores Roberto Quirós, María Isabel Camareno (suspendida del cargo), Johnny Gómez (suspendido), Zeirith Rojas (suspendido), Jorge Luis Araya y Jorge Porras, así como la gerente general de la entidad, María de los Ángeles Gutiérrez (suspendida).

Pero los altos jueces recordaron que el artículo 400 del Código Procesal Penal establece las reglas para la conversión de procedimientos y su acumulación.

En ese sentido, la Sala determinó que existe un mandato legal expreso que impone la obligación de separar la sumaria para que se continúe en la jurisdicción ordinaria contra quienes no proceda el antejuicio; es decir, contra los exdirectores y la gerente.

"Resolver lo contrario implicaría dictar una resolución contraria a la ley, ya que no puede desconocerse que hay una norma taxativa y especial que expresamente contiene un imperativo legal en ese sentido, siendo que la acumulación resulta procedente '...si la Asamblea Legislativa autoriza la prosecución del procedimiento...', supuesto ante el que no se está", dice la sentencia.

"En razón de lo expuesto, se rechaza la petición del ente fiscal para que se tramite de manera conjunta la causa contra personas de los Supremos Poderes y contra quienes no lo son. En consecuencia, se ordena a la Fiscalía General de la República disponga un testimonio de piezas para que esta sumaria se tramite en la vía ordinaria en contra de las personas denunciadas en la presente causa que no gozan de privilegio constitucional de antejuicio", agrega.

¿Qué sigue?

Resolución caso Barrenador

Consultado por este medio sobre lo resuelto, el fiscal general Carlo Díaz confirmó la división de la causa.

No obstante, el jefe del Ministerio Público subrayó que los equipos de trabajo que instaló para el caso Barrenador tras el nombramiento de Marta Esquivel como ministra, el 8 de enero pasado, trabajarán de la mano.

Esto implica que tanto la Fiscalía General como la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) mantendrán una estrecha coordinación, ya que los hechos que investigarán en ambos expedientes son los mismos.

"La división de los expedientes responde únicamente al procedimiento especial de de Supremos Poderes, que le da inmunidad a la imputada Esquivel", enfatizó Díaz.

El fallo en cuestión se relaciona con una serie de solicitudes de autorización relacionadas con pruebas secuestradas durante los allanamientos del 23 de setiembre anterior.

La Sala Tercera avaló a la Sección contra el Cibercrimen del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y a la Fiscalía General el análisis y la examinación de evidencias aperturadas desde antes de que Esquivel asumiera su cargo actual, las cuales se agrupan en 73 actas de secuestro.

Asimismo, autorizó la apertura de otras evidencias digitales contenidas en 90 actas de secuestro.

Únicamente se denegó la apertura del acta de secuestro 0255084, correspondiente a una llave maya de 64 gigabytes (GB), por un error en las anotaciones de la prueba.

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